Un juzgado de Posadas hizo lugar a una medida cautelar presentada por dos trabajadores provinciales y suspendió retenciones por planilla y débitos automáticos aplicados sobre sus cuentas sueldo. La resolución no extingue las deudas y deja la discusión de fondo para el juicio principal.
La Justicia de Misiones ordenó suspender durante un año distintos mecanismos de cobro que afectaban los haberes de dos trabajadores de la administración pública provincial.
La medida fue dictada por el Juzgado Civil y Comercial N.º 5 de Posadas y alcanza tanto a las retenciones efectuadas a través del Sistema Integrado de Administración de Personal como a los débitos automáticos realizados por Banco Macro sobre las cuentas sueldo de los demandantes.
El fallo, fechado el 28 de septiembre, fue firmado por el juez Fernando M. A. Escalante dentro del expediente “L. E. E. y Otro/a s/ Medida cautelar”.
De acuerdo con la presentación, los trabajadores cuestionaron descuentos vinculados con préstamos personales, ayudas económicas y cuotas sociales de entidades mutuales, además de débitos bancarios identificados como “préstamo personal”.
Para conceder la medida, el magistrado tuvo en cuenta documentación como recibos de haberes y movimientos bancarios y consideró configurados los requisitos cautelares de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
Uno de los puntos centrales de la resolución es que la suspensión alcanza simultáneamente a los dos mecanismos mediante los cuales se efectuaban los cobros: las retenciones incorporadas a la liquidación salarial y los débitos posteriores sobre la cuenta bancaria.
La cautelar no implica la anulación de los préstamos ni una declaración sobre la validez de los contratos cuestionados. Tampoco resuelve definitivamente si los códigos utilizados para efectuar los descuentos son válidos.
Ese debate continuará en el proceso principal, donde deberá analizarse la situación contractual y los planteos formulados por los trabajadores, entre ellos la posibilidad de renegociar las obligaciones.
La medida tendrá una vigencia de un año y podrá ser modificada, ampliada o dejada sin efecto de acuerdo con la evolución del expediente.
Con información de Mundo 24.